Derecho al honor versus libertad de expresión en redes sociales. el comportamiento beligerante y agresivo de las comunicaciones en redes sociales
DOI:
https://doi.org/10.36151/rcdi.2025.806.06Palabras clave:
Libertad de expresión, Derecho al Honor, Responsabilidad titular cuenta Facebook, Incitación pública a la violencia, Redes SocialesResumen
En términos generales, el discurso de la agresividad verbal engloba todas aquellas expresiones consideradas peligrosas para la estabilidad de los sistemas democráticos. Entre ellas se encuentran las ofensas basadas en expresiones machistas frente a criterios feministas. La protección jurídica de estas expresiones continúa generando interesantes discusiones en diversos tribunales constitucionales y supranacionales. Nuestro artículo pretende explicar algunos de los principales criterios jurídicos que el TEDH y siguiendole nuestros tribunales (Supremo y Constitucional) que han adoptado sobre este tema en favor de la libertad de expresión. En el caso objeto de comentario dos son las cuestiones importantes a examinar, por un lado, la ideología del personaje que puede ser apreciada como violenta hacia las mujeres por su posicionamiento ideológico, donde prevalece el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor del sujeto, y por otro lado, la responsabilidad del titular de la cuenta de Facebook que permite los comentarios de sus seguidores, descalificadores, insultantes y amenazantes, no pudiendo de desentenderse sin más de lo que se publica en su perfil por otros usuarios.
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