Posesión, detentación y tenencia. La posesión en el Código Civil de Cataluña.

Autores/as

  • ADOLFO LUCAS ESTEVE

Palabras clave:

Posesión, Detentación, Tenencia, Derechos reales, Código Civil de Cataluña, Acción publiciana, Possessio vitiosa

Resumen

La tenencia física de un bien comporta unas consecuencias jurídicas diferentes atendiendo al tipo de poder que el tenedor ostenta sobre ese bien y permite distinguir tres figuras diferentes: la posesión, la detentación y la tenencia no posesoria. La posesión comporta unos efectos máximos: presunciones posesorias, usucapión, protección posesoria, adquisición de los frutos y adquisición a non domino; la detentación representa una situación intermedia y permite solamente la protección mediante las acciones de protección posesoria, y la tenencia no posesoria supone una situación de contacto con el bien que no está protegida por el ordenamiento jurídico y que no tiene consecuencias jurídicas. De este modo, aquel que tiene un bien en su poder no necesariamente debe ser calificado como poseedor, sino que también puede ser un detentador o un simple tenedor.

En este estudio, una vez analizados los conceptos de posesión, detentación y tenencia, se examina sus formas de adquisición y sus efectos. En este sentido, las principales novedades de la legislación catalana son la regulación de la acción publiciana y la diferente configuración de la adquisición a non dominio de bienes muebles por un poseedor de buena fe y a título oneroso. Finalmente, se plantea el enorme poder del poseedor sin derecho frente al propietario y se cuestiona la conveniencia de mantener ese poder en la actualidad.

Publicado

31-10-2017

Cómo citar

Posesión, detentación y tenencia. La posesión en el Código Civil de Cataluña. (2017). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 757, 2549 a 2598. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/1365