LA CAUSA COMO RAZÓN DE SER DEL CONTRATO SE IDENTIFICA CON EL PROPÓSITO ÚLTIMO Y COINCIDENTE QUE CONDUCE A LAS PARTES A SU CELEBRACIÓN.

Autores/as

  • MORATILLA GALÁN, ISABEL

Palabras clave:

CAUSA

Resumen

Cuando la causa se mantiene durante el tiempo de duración de la relación contractual no puede someterse jurídicamente el entramado de derechos y obligaciones que forman su contenido. No obstante, si se autorizasen enriquecimientos, clara y evidentemente injustificados, carece de sentido que si la prestación de una de las partes se ha hecho imposible, la otra tenga que cumplir la suya aún de forma más reducida.

Publicado

29-02-2008

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. OBLIGACIONES Y CONTRATOS (2005-2012)

Cómo citar

LA CAUSA COMO RAZÓN DE SER DEL CONTRATO SE IDENTIFICA CON EL PROPÓSITO ÚLTIMO Y COINCIDENTE QUE CONDUCE A LAS PARTES A SU CELEBRACIÓN. (2008). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 705, 415 a 422. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/2634