LA SOLIDARIDAD CONTRACTUAL NO PRECISA QUE SE EXPLICITE EN EL CONTRATO, BASTA QUE SE DEDUZCA DE LOS HECHOS Y DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 28 DE DICIEMBRE DE 2000
Palabras clave:
SOLIDARIDAD CONTRACTUAL, VOLUNTAD DE LAS PARTESPublicado
31-12-2003
Número
Sección
COMENTARIOS A JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. OBLIGACIONES Y CONTRATOS (2003-2005)
Cómo citar
LA SOLIDARIDAD CONTRACTUAL NO PRECISA QUE SE EXPLICITE EN EL CONTRATO, BASTA QUE SE DEDUZCA DE LOS HECHOS Y DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 28 DE DICIEMBRE DE 2000. (2003). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 680, 3431 a 3433. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/3302