[1]
2004. INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS. ARTÍCULO 1.124 DEL CÓDIGO CIVIL EN PRÉSTAMO (REAL Y UNILATERAL). NO CABE (S.T.S. 22-05-2001). Revista Crítica de Derecho Inmobiliario. 685 (Oct. 2004), 2536 a 2538.