[1]
2003. LA SOLIDARIDAD CONTRACTUAL NO PRECISA QUE SE EXPLICITE EN EL CONTRATO, BASTA QUE SE DEDUZCA DE LOS HECHOS Y DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 28 DE DICIEMBRE DE 2000. Revista Crítica de Derecho Inmobiliario. 680 (Dec. 2003), 3431 a 3433.