(1)
POR IMPOSIBILIDAD DE LA PRESTACIÓN O PÉRDIDA DE LA COSA OBJETO DE LA MISMA, O BIEN, DE VARIAS DE LAS PRESTACIONES, SE PRODUCE EN EL PRIMER CASO, LA CONCENTRACIÓN, Y EN EL SEGUNDO, LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN. RCDI 2009, No. 714, 2196 a 2199.