Procedimiento expropiatorio de fijación de justiprecio y doble inmatriculación

Autores/as

  • VICENTE LASO BAEZA

Palabras clave:

Doble inmatriculación, Procedimiento justiprecio, Interesado, Consignación

Resumen

La  sentencia del  Tribunal Supremo de  1  de  febrero de  2019 permite detenerse en  la posible insuficiencia de la mera consignación en  la Caja General de Depósitos del  importe del  justiprecio en  los casos de fincas sujetas a expropiación doblemente inmatriculadas cuando desde el inicio del procedimiento para su fijación no  se hubiera actuado con  los respectivos titulares registrales como interesados, exigencia ineludible impuesta para la plena salvaguarda de los derechos respectivos dado el carácter necesariamente contradictorio del conjunto del procedimiento de fijación de justiprecio en virtud del cual  resulta obligado que sea  oído  quien en tales situaciones reúna finalmente la condición de expropiado, lo cual,  por  lo demás, resulta particularmente procedente cuando al amparo del artículo 3 de  la  Ley  de  Expropiación Forzosa corresponde la  condición de propietario y, consiguientemente, de  interesado a  quien con  tal  carácter conste en los  registros públicos que produzcan presunción de  titularidad.

Publicado

30-06-2019

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: URBANISMO (2013-2021)

Cómo citar

Procedimiento expropiatorio de fijación de justiprecio y doble inmatriculación. (2019). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 773, 1620 a 1631. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/1023