El interés superior del menor y el orden de los apellidos sin acuerdo de los progenitores tras la determinación de la filiación de manera sobrevenida

Autores/as

  • DE LA IGLESIA MONJE, Mª ISABEL

Palabras clave:

Apellidos, orden, Interés superior del menor, Progenitores, Inexistencia de acuerdo

Resumen

Procede el mantenimiento del primer apellido materno cuando ha sido con el que se inscribió desde su nacimiento al menor al no estar la filiación paterna determinada y en defecto de acuerdo entre los progenitores cuando esta se determina. El interés protegible del menor respecto al cambio del orden de los apellidos es con el que consta inscrito en el Registro Civil, y con el que viene identificado, desde entonces, en la vida familiar, social o escolar. Independientemente de la edad del menor y, por consiguiente, del tiempo que ha venido utilizando los apellidos.

Publicado

30-06-2017

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. PARTE GENERAL (2013-2021)

Cómo citar

El interés superior del menor y el orden de los apellidos sin acuerdo de los progenitores tras la determinación de la filiación de manera sobrevenida. (2017). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 761, 1433 a 1448. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/1279