LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SENTENCIAS FIRMES ANULATORIAS DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO.

Autores/as

  • VICENTE LASO BAEZA

Palabras clave:

INSCRIPCIÓN REGISTRAL, PLANEAMIENTO URBANÍSTICO

Resumen

El reconocimiento legal y reglamentario como inscribibles en el Registro de la Propiedad tanto de la interposición de recurso contencioso-administrativo contra instrumentos de planeamiento como de las sentencias firmes en que se declarara su nulidad, no puede encontrar obstáculo ni en la exigencia de que, entre sus efectos, haya de producirse una alteración jurídico-real o descriptiva de las fincas afectadas, por no ser un efecto propio de tales instrumentos, ni en el rechazo de la mera publicidad como consecuencia de la inscripción, pues, además de que en tal caso se haría imposible la inscripción de esta clase de resoluciones judiciales en contra de lo admitido por el ordenamiento jurídico, se estaría impidiendo dar conocimiento público frente a terceros de una circunstancia urbanística de los suelos afectados insuficientemente garantizada mediante su exclusiva publicación en los diarios oficiales respectivos.

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Publicado

31-10-2013

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: URBANISMO (2013-2021)

Cómo citar

LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SENTENCIAS FIRMES ANULATORIAS DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO. (2013). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 739, 3596 a 3608. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/1769