RESPONSABILIDAD NEGOCIAL DE LOS ACTOS REALIZADOS POR MENORES DE EDAD NO EMANCIPADOS. ANÁLISIS DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL.

Autores/as

  • ISAAC RAVETLLAT BALLESTÉ

Palabras clave:

CAPACIDAD CONTRACTUAL, MENORES NO EMANCIPADOS, INEFICACIA NEGOCIAL, MALITIA SUPPLET AETATEM

Resumen

En la actualidad, la protección patrimonial de las personas menores de edad está confinada en torno a la limitación de su responsabilidad por propia declaración negocial. En el presente artículo se analiza con detalle cuál es el grado de incidencia que presenta la capacidad de obrar de los individuos -en nuestro caso los menores de edad no emancipados- en la validez y eficacia de los convenios celebrados entre particulares. Asimismo, también se incide en el silencio que guarda nuestra normativa civil acerca de la clásica cuestión del llamado «dolo de los menores»; expresión esta reservada para aquellas situaciones en las que el menor de edad, a través de maniobras y artimañas insidiosas induce a la contraparte capaz a la creencia de estar contratando con un mayor de edad. En estos casos se plantea el interrogante sobre si se extiende a este supuesto de hecho la protección y el trato de favor dispensado al sujeto menor de edad tanto por el artículo 1302 del Código Civil, permitiéndole instar la anulabilidad del acuerdo, como por el artículo 1304, limitando o restringiendo la restitución a in quantum locupletiores facti sunt.

Publicado

30-06-2013

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. RESPONSABILIDAD CIVIL (2013-2021)

Cómo citar

RESPONSABILIDAD NEGOCIAL DE LOS ACTOS REALIZADOS POR MENORES DE EDAD NO EMANCIPADOS. ANÁLISIS DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL. (2013). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 737, 1967 a 1998. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/1827