LAS INSTITUCIONES DEL INTERCAMBIO IMPERSONAL.

Autores/as

  • ARRUÑADA, BENITO

Palabras clave:

DERECHOS DE PROPIEDAD, COSTES DE TRANSACCIÓN, INTERCAMBIO IMPERSONAL, REGISTROS, ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO

Resumen

Las naciones prosperan cuando los inversores se sienten seguros y están, por ello, dispuestos a invertir en actividades productivas. Pero prosperan aún más si pueden comerciar fuera de su círculo de conocidos, de igual modo que las empresas invierten y se especializan más cuando pueden vender lo que producen en un mercado más extenso. Unas instituciones jurídicas eficaces facilitan estos dos factores esenciales del desarrollo, pues no solo hacen que los inversores se sientan seguros al invertir, sino que también permiten a cualquiera comerciar impersonalmente, generando así riqueza. El análisis en este artículo fundamenta una teoría de los registros públicos según la cual estos posibilitan que el cumplimiento del contrato recaiga directamente sobre los bienes o activos, de modo que los contratantes no precisen información sobre sus contrapartes y puedan, por tanto, comerciar de manera impersonal.

Publicado

01-01-2013

Número

Sección

ESTUDIOS

Cómo citar

LAS INSTITUCIONES DEL INTERCAMBIO IMPERSONAL. (2013). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 736, 649 a 688. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/1840