REVISIÓN CRÍTICA DE LA RESERVA VIDUAL EN EL DERECHO CIVIL FORAL: ANÁLISIS PARTICULAR DE LA RESERVA BINUPCIAL EN EL DERECHO Y JURISPRUDENCIA CATALANA HASTA SU DEFINITIVA DEROGACIÓN LEGISLATIVA.

Autores/as

  • ARACELI DONADO VARA

Palabras clave:

RESERVA VIDUAL RESERVA BINUPCIAL

Resumen

La reserva vidual o viudal es una institución con una larga tradición histórica en nuestro Derecho Civil Común y Foral. En particular, el Código Civil regula la figura en los artículos 968 a 980, constituyendo un régimen jurídico restrictivo de la libertad de disposición de ciertos bienes que el viudo o viuda ha de reservar, en previsión de un segundo matrimonio para que esos bienes no salgan de la línea familiar de procedencia, al considerar el legislador que esa sería la presunta voluntad del causante del reservista. En el caso catalán, después de un amplio debate parlamentario, el legislador derogó definitivamente la institución de las reservas de esta naturaleza y, por lo tanto, ha desaparecido cualquier mención a ellas en el Libro Cuarto de las Sucesiones. Entre los elementos que han contribuido a poner en tela de juicio la necesidad de reservar ciertos bienes, destacan además de las aportaciones doctrinales, el valor de las contadas ocasiones en las que el Tribunal Superior de Justicia se ha pronunciado, así como la jurisprudencia menor, que también es objeto de estudio en este artículo.

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Publicado

29-02-2012

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. SUCESIONES (2005-2012)

Cómo citar

REVISIÓN CRÍTICA DE LA RESERVA VIDUAL EN EL DERECHO CIVIL FORAL: ANÁLISIS PARTICULAR DE LA RESERVA BINUPCIAL EN EL DERECHO Y JURISPRUDENCIA CATALANA HASTA SU DEFINITIVA DEROGACIÓN LEGISLATIVA. (2012). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 729, 445 a 465. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/2030