El régimen del vencimiento anticipado en los préstamos hipotecarios tras la Ley 5/2019, de 15 de marzo, y la doctrina del TJUE en sus resoluciones de 26 de marzo y 3 de julio de 2019
Palabras clave:
Crédito inmobiliario, Vencimiento anticipado, Préstamo hipotecario, Ley 5/2019, TJUEResumen
Tras mucho tiempo de espera y gran incertidumbre, el 26 de marzo de 2019 el TJUE se pronunció en relación a la cuestión prejudicial planteada desde el Tribunal Supremo sobre las consecuencias en el proceso de la declaración como abusiva de una cláusula de vencimiento anticipado; doctrina que vino a ser confirmada posteriormente por tres autos del TJUE de 3 de julio de 2019. Poco antes se aprobó en España la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los con‑ tratos de crédito inmobiliario que acoge un régimen específico con determinados requisitos para poder dar por vencido anticipada y totalmente el crédito, así como un régimen transitorio sobre su aplicabilidad no exento de críticas. En este trabajo se analizará esa doctrina del TJUE y las nuevas previsiones de la Ley 5/2019 en relación con el vencimiento anticipado.