“LA SOLIDARIDAD CONTRACTUAL NO PRECISA QUE SE EXPLICITE EN EL CONTRATO, BASTA QUE SE DEDUZCA DE LOS HECHOS Y DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 28 DE DICIEMBRE DE 2000”. 2003. Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, no. 680 (December): 3431 a 3433. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/3302.