“LA CAUSA COMO RAZÓN DE SER DEL CONTRATO SE IDENTIFICA CON EL PROPÓSITO ÚLTIMO Y COINCIDENTE QUE CONDUCE A LAS PARTES A SU CELEBRACIÓN”. Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, no. 705, Feb. 2008, p. 415 a 422, https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/2634.