ACCESO AL REGISTRO DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS DE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES OTORGADAS EN EL EXTRANJERO (COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL PLENO DE LA SALA DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO, DE 19 DE JUNIO DE 2012).
Palabras clave:
ESCRITURA PÚBLICA EXTRANJERA, VENTA DE INMUEBLES SITUADOS EN ESPAÑA, EFECTOS EXTRATERRITORIALES DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROSResumen
Tras un largo peregrinaje judicial el Tribunal Supremo se ha pronunciado en sentido favorable a la posibilidad de que una compraventa de un inmueble sito en España, formalizada ante notario alemán, por vendedor y comprador de nacionalidad alemana no residentes en España, una vez cumplimentado el trámite de la apostilla del Convenio de La Haya, tenga acceso al Registro de la Propiedad español. De esta forma, declara la idoneidad de un documento público extranjero para producir determinados efectos jurídicos, concretamente, el Tribunal Supremo le reconoce valor suficiente, por sí solo, como título traslativo del dominio, inscribible en el Registro de la Propiedad español. Aunque adolece de algunas imprecisiones que serán analizadas en el presente estudio, se trata de una resolución aperturista que debe ser valorada muy positivamente.