LA SOLUCIÓN NEGOCIADA ANTE LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA.
Palabras clave:
HIPOTECA, EJECUCIÓN, NEGOCIACIÓN, MEDIACIÓN, SERVICIOS FINANCIEROS, CONSUMIDORES Y USUARIOSResumen
Los instrumentos que se han introducido en diversos países para paliar los efectos de la crisis antes de acudir a las ejecuciones patrimoniales pivotan sobre la vía convencional (negociación y mediación) como sistema de solución extrajudicial de conflictos. Sólo cuando la negociación o la mediación no son posibles o resultan insuficientes debiera acudirse a la vía judicial. En el caso de las ejecuciones hipotecarias, resulta evidente que el desequilibrio de poder de las partes cuando se trata de entidades de crédito frente a usuarios de servicios financieros ha hecho necesaria la intervención del legislador. El problema, sin embargo, no ha sido resuelto satisfactoriamente por las deficiencias de las soluciones ideadas por el legislador que han provocado que jueces y tribunales se hayan visto en la obligación de emplear su experiencia en administrar la justicia del caso y cubrir algunas lagunas normativas. Incluso, esta vía convencional puede ir más allá de las medidas introducidas por el Código de Buenas Prácticas, reflejado por el legislador con un limitado y estricto ámbito de aplicación.