LA OPONIBILIDAD DEL DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR.
Palabras clave:
DERECHO DE USO DE LA VIVENDA FAMILIAR, OPONIBILIDAD E INSCRIPCIÓNResumen
El derecho de uso de la vivienda familiar por su peculiar naturaleza y contenido en el que confluyen elementos patrimoniales y también del Derecho de Familia produce unos efectos especiales. Entre ellos, consideramos que es un derecho que debe ser oponible erga omnes, y por tanto conocido por todos, pues debe afectarle sobre todo a terceros adquirentes de la vivienda a la que se atribuye tal uso. Por ello, analizamos en el presente trabajo cuándo y en qué ocasiones el derecho de uso de la vivienda familiar es o debe ser oponible, y por lo tanto, cuándo debe inscribirse en el Registro de la Propiedad para facilitar dicha oponibilidad, ampliando los, hasta ahora, tradicionales supuestos de inscripción del derecho de uso y los requisitos de la misma.