La venta extrajudicial de finca hipotecada (II). Cuestiones procedimentales. Especial referencia a la vivienda habitual.

Autores/as

  • TERESA ASUNCIÓN JIMÉNEZ PARÍS

Palabras clave:

Venta extrajudicial, requerimiento de pago, subasta, causas de suspensión, escritura de venta

Resumen

La venta extrajudicial se inicia con el requerimiento que el acreedor dirige al deudor, requerimiento que debe ser analizado por el notario. En este sentido, el notario debe consultar el Registro Público Concursal, comprobar la inexistencia de cláusulas abusivas y la corrección de la liquidación. En el procedimiento el notario debe solicitar a instancia del acreedor la certificación de dominio y cargas, acreedor que debe constar inscrito como titular de la hipoteca en el Registro de la Propiedad. El requerimiento de pago se notifica al deudor y al hipotecante no deudor y se notifica la iniciación de las actuaciones al titular de la última inscripción de dominio y a los titulares de asientos posteriores a la hipoteca que resulten de la certificación registral. Si ni el deudor, ni el hipotecante no deudor, ni el tercer poseedor, ni el titular de una carga posterior a la hipoteca  verifican el pago, se procederá a la subasta del bien de forma electrónica a través del Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. La subasta y su resultado se documentan en un acta que protocoliza el notario, concluyendo el procedimiento con el otorgamiento de la escritura de venta y la certificación de la deuda pendiente, en su caso. Para la toma de posesión del inmueble el acreedor deberá recurrir a los Tribunales ordinarios.

Publicado

31-10-2022

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES. DERECHO CIVIL. CONCURSAL. (2022-2026)

Cómo citar

La venta extrajudicial de finca hipotecada (II). Cuestiones procedimentales. Especial referencia a la vivienda habitual. (2022). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 793, 2909 a 2928. https://rcdi.tirant.com/rcdi/article/view/605