Las aportaciones no dinerarias y el derecho de retracto en los arrendamientos urbanos: estado de la cuestión y necesidad de su clarificación
Palabras clave:
Retracto, tanteo, derecho de adquisición preferente, arrendamiento, aportación no dineraria, dación en pago, permuta, renta vitaliciaResumen
En este trabajo abordamos el derecho de retracto del arrendatario urbano ─en cuanto que modalidad subsidiaria de ejercicio del derecho de adquisición preferente─ deteniéndonos en los títulos jurídicos que habilitan para su ejercicio, en particular en la transmisión a través de una aportación no dineraria de un inmueble urbano arrendado a una sociedad mercantil. En concreto, estudiamos el discreto, pero perceptible cambio de orientación que se viene produciendo en alguna jurisprudencia y doctrina, en virtud del cual se amplía la tipología de transmisiones que operarían como presupuesto desencadenante de aquel derecho, más allá de su exponente natural constituido por el contrato de compraventa. De este modo, expondremos el estado de la cuestión y la necesidad de que jurisprudencialmente el Tribunal Supremo fije con mayor nitidez los criterios que deben regir en esta materia.